Esa familia acogedora era la mía Una Sentencia[1] dice: “… la forma de efectuar el cese se considera inapropiada e injustificada, desproporcionada y perjudicial con total desprecio a la familia acogedora inicial.” [1] Sentencia núm 285/2010 de la Audiencia Provincial de Barcelona Compártelo:Haz clic para compartir en Twitter (Se abre en una ventana nueva)Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva)MásHaz clic para imprimir (Se abre en una ventana nueva)Haz clic para compartir en WhatsApp (Se abre en una ventana nueva)Haz clic para enviar un enlace por correo electrónico a un amigo (Se abre en una ventana nueva) Relacionado